Nuevo estatuto para Calls Centers

  • 2011-07-28 15:03:49

El senado nacional le dio sanción a un proyecto que establece un estatuto para “los teleoperadores y sus empleadores por el trabajo que se preste en los centros de atención de llamadas, también denominados como call centers".

De contar con la aprobación de los diputados,la jornada de trabajo –cinco días por semana- diaria “no podrá exceder de seis horas”, mientras que la nocturna no deberá pasar de las cinco horas y media, “entendiéndose por tal la que se cumpla entre la hora veintiuna de un día y la hora seis del siguiente”.



Además se plantea un descanso diario de quince 15 minutos cada dos horas efectivamente trabajadas, y se permitirá una “pausa entre llamadas”, que deberá ser, como mínimo, de 15 segundos entre las mismas, a “los efectos de permitir el descanso del teleoperador”.