Fracasó la reunión constitutiva de la bicameral del Defensor del Pueblo

  • 2019-10-30 16:53:00

A último momento, Monzó y Pinedo acordaron que se levante y no hay fecha programada para la próxima convocatoria.

La reunión constitutiva de la Comisión Bicameral Permanente de la Defensoría del Pueblo prevista para este miércoles finalmente no se concretó. Cabe recordar que el cargo del Defensor del Pueblo se encuentra vacante desde 2009.
Pasado el mediodía, los legisladores Daniel Kroneberger (UCR) y Pablo Kosiner (PJ), presentes en el Salón Eva Perón del Senado, se retiraron sorpresivamente. En tanto que Graciela Camaño (Consenso Federal) y el senador Juan Carlos Marino (UCR) se enteraron de la suspensión camino al salón.
Si bien, en la reunión de hoy solo se elegirían las autoridades de la comisión, las versiones sobre la postulación de Emilio Monzó para el cargo de Defensor del Pueblo habrían estado detrás del frustrado encuentro.

Una “búsqueda de mayores acuerdos” en torno a esa nominación provocaron que se postergue -todavía sin fecha programada- una nueva convocatoria. “Emilio es una de las pocas figuras que puede tener consenso”, reconoció en ante los periodistas acreditados, un legislador opositor. Sin embargo, las negociaciones se trabaron y el tema por ahora continúa sin resolverse.
EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN
Es una institución de la Nación que actúa con plena independencia y autonomía funcional, cuya misión es la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución Nacional y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas.
Se instituye en el ámbito del Congreso de la Nación y su competencia surge de los artículos 86 y 43 de la Constitución Nacional y de la Ley Nº 24.284, modificada por la Ley Nº 24.379.
El Defensor del Pueblo de la Nación
• no es un órgano del gobierno de turno, apéndice de algún partido político ni amortiguador de disputas políticas; es, sin lugar a dudas, una Institución de la República;
• no es una figura cosmética o estética sino, por el contrario, una figura seria y objetiva;
• no se arroga la pretensión de sustituir a los órganos y procedimientos de control existentes, sino que los complementa;
• su perfil es el de colaborador crítico de la administración; no su contradictor efectista;
• a esos fines, y siempre que las circunstancias lo permitan, agota sus esfuerzos para perseverar en una gestión mediadora entre la Administración y el ciudadano;
• ayuda a la solución de los problemas particulares planteados por los quejosos, sin olvidar, en ningún momento, que esos problemas son síntoma u efecto de causas, seguramente más profundas, las cuales tiende a superar;
• es un instrumento de diálogo, honda comunicación y profunda solidaridad entre los hombres.
• se caracteriza por su prudencia, lo cual no ha de ser entendido como sinónimo de complacencia con el poder;