Código de nocturnidad
- 2011-07-20 17:41:43
Entró en vigencia en la ciudad de Corrientes a traves de la Ordenanza 5460 el código de nocturnidad.Los grupos musicales no podrán actuar hasta más de las 2 y la música en los domicilios particulares deberá finalizar a las cero.
Luego de duros debates y meses de trabajo, ayer al medio día fue publicado en el boletín oficial el Código de Nocturnidad. La normativa cuyo número es 5460 entre otras cuestiones establece una serie de requisitos para realizar fiestas privadas y la obligatoriedad de terminar con la música a las doce de la noche en domicilios particulares. Uno de los puntos más reñidos en las distintas audiencias públicas realizadas antes de la promulgación de la Ley. De esta manera, los grupos musicales no podrán actuar más hasta las 2 de la mañana como hasta hoy se permitía.
Además sería imposible que lo puedan seguir haciendo en viviendas de INVICO dado que las casas son de ladrillo hueco y uno de los requisitos es la insonorización acústica que requiere de otra estructura edilicia y otros materiales.
Eventos especiales
Además de esta última exigencia, quienes deseen organizar eventos especiales, deberán solicitarlo por nota diez días corridos previos a la fecha de realización y en la misma incluir: croquis con ubicación de escenario y sus medidas, luces, sonido y estructuras complementarias (baños) y croquis técnico de salidas de emergencias y extinguidores aprobado por técnico o licenciado en Seguridad e Higiene Laboral; contrato de locación, comodato o cualquier otro título que acredite la legítima ocupación del inmueble; comprobante del último pago de la Tasa Inmobiliaria; póliza de Seguro de Responsabilidad Civil que cubra daños eventuales al público asistente y terceros en general, con vigencia durante la totalidad del evento; certificado de cobertura médica asistencial de urgencias y emergencias en la modalidad de área protegida; de no disponer de baños o si los mismos son insuficientes, instalar sanitarios químicos; plan de contingencias, rol de emergencias y plan de evacuación en caso de siniestro, avalado por técnico o licenciado en seguridad e higiene laboral y certificado de impacto sonoro expedido por la Subsecretaría de Medio Ambiente y la Oficina de Control de Ruidos y Vibraciones cuando esté en funcionamiento.
Permiso
Quienes puedan reunir esta serie de requisitos obtendrán permiso para efectuarlo en su casa pero el mismo caducará a las 24 del mismo día y el volumen no podrá exceder las ordenanzas vigentes. Si pretenden estar más tiempo deberán trasladarse a un salón de fiesta donde podrán continuar hasta las seis de la mañana.
En efecto, lo que se busca es que, quienes quieran armar este tipo de espectáculos, lo hagan en salones de fiestas y no en sus domicilios para evitar la conflictividad social con sus vecinos.
Boliches se acomodan a la nueva reglamentación
La nueva normativa se suma a otras ordenanzas que existen desde hace mÁs de cinco años que intentan - como ésta- regularizar la diversión nocturna tanto para los jóvenes como para los no tan jóvenes que salen a disfrutar de la movida nocturna. Cámaras de seguridad, detector de metales y controles en relación a la acústica y el aislamiento, para evitar ruidos molestos, son algunos de los requisitos que los dueños de los boliches deben cumplir.
Aníbal Romero desde Ribera indicó a época que desde hace un año se implementó el sistema de cámaras de seguridad en el boliche y, en estos momentos se están realizando arreglos a los techos - por cuestiones acústicas- para luego implementar los detectores de metales.
El boliche junto a otros dos de la misma sociedad por noche de apertura recibe 1500 personas