Argentina libre de humo

  • 2011-06-14 18:04:02

La prohibición de fumar

en lugares cerrados de trabajo y de acceso público entrará mañana

en vigencia en el país, luego de la publicación en el boletín

oficial de la ley nacional de control de tabaco que establece

ambientes 100% libres de humo.

 La medida, anunciada ayer por la presidenta Cristina

Fernández de Kirchner fue plasmada mediante el decreto 757, que

pone en marcha uno de los principales objetivos de la ley 26.687

que regula la publicidad, promoción y consumo de productos

elaborados con tabaco, y que fue sancionada por el Congreso el

pasado 1 de junio.

 La vigencia de los ambientes libres de humo abarca, de

acuerdo a lo establecido en la ley, a los lugares cerrados de

acceso público y de trabajo y también medios de transporte público

de pasajeros.

 Mario Virgolini, coordinador del Programa Nacional del

Control de Tabaco, destacó que "así, Argentina adopta efectivamente

una medida que protege a la persona y al ambiente".

 Virgolini señaló que "con la vigencia de los ambientes 100%

libres de humo se equipara el derecho a la salud de todos, porque

el daño que causa el humo del cigarrillo al no fumador, no estaba

contemplado en una norma".

 En tanto, el funcionario aclaró que "la reglamentación de la

ley llevará 180 días, debido a que son varios organismos que

participan en su implementación", pero insistió que "en lo

inmediato rigen los ambientes libres de humo".

 De acuerdo al artículo 37 de la norma los puntos referidos al

empaquetado de cigarrillos y la obligación de exhibir en los atados

una imagen y un mensaje sanitario que describa los efectos nocivos

del consumo de tabaco, será dentro de un año.

 En tanto, que en seis meses las tabacaleras tendrán

totalmente prohibida la publicidad de sus productos, en forma

directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o

comunicación; y tampoco podrán auspiciar actividades o eventos

públicos.

 Verónica Schoj, coordinadora nacional de Alianza Libre de

Humo de Tabaco Argentina (Aliar) opinó que “esta ley es un paso más

a favor de la equidad en el goce del derecho a la salud para todos

los argentinos".

 Schoj destacó en diálogo con Télam que "en la norma se

incluyen medidas efectivas para reducir las muertes y la enfermedad

que produce el tabaquismo y desincentiva el inicio en el consumo de

cigarrillos de los chicos".

 La ley establece que quienes la incumplan podrán ser

sancionados con una multa en moneda de curso legal equivalente al

valor de 250 hasta 1000 paquetes de cigarrillos de 20 unidades, de

los de mayor precio comercial en el mercado, pero en caso de

reincidencia asciende al valor de 2500 paquetes.

 En tanto, que en el artículo 39 se invita a las provincias y

a la Ciudad de Buenos Aires a sancionar para el ámbito de sus

competencias normas de similar naturaleza a las dispuestas en el

ámbito nacional.

 No obstante, abogados de Aliar destacaron que al existir una

ley nacional que proteja al trabajador ante el humo del tabaco

ajeno, tiene más fuerza que cualquier norma provincial, lo cual

garantiza que el ambiente en el que se desempeña tiene que estar

libre de humo.(Télam).-